La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 59/2017 dirigida al Comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM) Ardelio Vargas por irregularidades en la estación Migratoria de Saltillo, Coahuila. En un comunicado, el Organismo informó que persisten condiciones de insalubridad, trato inadecuado a las personas migrantes, incluidos menores de edad y adolescentes no acompañados, así como falta de información respecto de su situación jurídica migratoria en dicha Estación que vulneran los derechos al trato digno, a la protección de la salud, seguridad jurídica, solicitud de refugio y el interés superior de la niñez.
“Mediante diversas quejas recabadas por este Organismo Nacional se conoció que en dicho recinto migratorio además de existir plaga de insectos en los dormitorios y escasez de agua en los sanitarios, no se brinda atención médica adecuada, ni llamadas telefónicas a las personas ahí detenidas”, consideró la CNDH que encabeza Luis Raúl González Pérez. Además, el personal no proporciona información oportuna a las personas migrantes sobre el estado de sus Procedimientos Administrativos Migratorios (PAM´s), y negó los formatos para solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado a cinco personas, con la explicación de que la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) no resolvería su petición de manera procedente.
La CNDH indicó que el personal documentó carencia de dormitorios para albergar a personas en situación de vulnerabilidad como personas mayores, niñas, niños y adolescentes, inexistencia de áreas recreativas, extravío de pertenencias que las personas pusieron en resguardo al momento de ingresar. También se detectaron estancias prolongadas de más de 60 días hábiles, omisión de la información sobre la situación migratoria, así como condiciones insalubres que afectaban la salud de los detenidos, lo que motivó que se solicitara la implementación de medidas cautelares.
A pesar de las medidas cautelares solicitadas para erradicar la plaga de insectos en los dormitorios, suministrar agua suficiente y reparar las instalaciones de los servicios sanitarios, las acciones del INM fueron insuficientes, lo que vulneró el trato digno y el derecho a la protección de la salud de las personas extranjeras alojadas. También la CNDH constató que 41 adolescentes no acompañados permanecieron privados de la libertad en áreas que impiden su desarrollo integral, lo que vulnera el principio del interés superior de la niñez, al no ser canalizados a un albergue de manera inmediata que contara con las condiciones adecuadas para una estancia digna, y que tampoco cuentan con estancias especiales para las familias, espacios deportivos y culturales.
La CNDH recomendó al Comisionado del INM reparar el daño a las víctimas en términos de la Ley General de Víctimas; localizar a tres de los agraviados para que les sean devueltos objetos y dinero que se les extravió, bienes que estaban bajo el resguardo del INM; que las personas alojadas en esa estación migratoria sean trasladadas a un recinto con infraestructura adecuada.